«Es una sentencia a un juicio de una pensión a la viuda de un policía de Tránsito, la cual por omisión Jurídico no le dio seguimiento.
GUAMÚCHIL.- Por omisión e incumplimiento a una orden de un juez, por no darle trámite a una sentencia de un juicio para la pensión por viudez otorgada a la esposa del agente de Tránsito Félix Montiel Ruiz, el Sistema de Administración Tributaria del Estado de Sinaloa, en atención a un mandato de la Sala Regional Zona Norte del Tribunal de Justicia Administrativa otorgó una multa al cabildo en pleno de Salvador Alvarado.
Los acreedores a esta multa son el Alcalde, Armando Camacho Aguilar, la Sindica Procuradora Martha Olivia González, así como a los regidores, Ubaldo Montes Rodríguez, Rosa Armida Zayas Barreras, German Ahumada Juárez, Romeo Gelinec Galindo Inzunza, Iliana Karina Moraga Inzunza, Marco Antonio López González, Liliana Guadalupe Lucio Vega, Gilberto Lugo Sánchez y Carmen María León Angulo.
Según documentos del mismo Tribunal de Justicia Administrativa, la multa interpuesta fue por el equivalente al valor de Diez UMA, Unidad de Medida y Actualización, misma que por UMA equivale a 108 pesos con cincuenta y siete centavos.
Esto debido a que en sentencia de juicio promovido por la viuda de Félix Montiel, se notificó al Cabildo de Salvador Alvarado, desde octubre de 2023, se hiciera la actualización al salario real que percibía el agente vial ante el IMSS, razón por la que en enero de este año y al ver qué el personal Jurídico no notificó, si acató o no tal disposición fueron acreedores todo el Cabildo a una multa de Diez UMA, más otros recargos, que le fueron notificados a cada uno de los apercibidos en julio, a quienes se les requiere a pagar un total de mil 845 pesos con 69 centavos.
Hasta este momento solo han cumplido con el pago de dicha multa los regidores Gilberto Lugo Sánchez, Iliana Karina Moraga Inzunza y la Sindica Procuradora Martha Ofelia González, el resto de los ediles se manifiestan reacios a cumplir con dicho apercibimiento otorgado por una autoridad de justicia administrativa.
En su argumento dicen que no son responsables de la omisión del personal Jurídico, quienes no notificaron en tiempo y forma a la autoridad que dicha modificación se hizo, pero al parecer la hicieron fuera de tiempo.